Sociedad

Difunden los fundamentos del fallo por la muerte de Débora Pérez Volpin: “Bialolienker causó la muerte de la paciente”

Este viernes por la tarde, el juez Javier Anzoátegui, titular del Tribunal Oral y Correccional número 8 de Capital Federal, difundió los fundamentos a las partes del juicio (querella, defensas y fiscalía) a través de cédulas electrónicas.

Viernes 09 de Agosto de 2019

142043_1565394468.jpg

20:44 | Viernes 09 de Agosto de 2019 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Pasó una semana desde que se conoció la sentencia en el juicio por la muerte de Débora Pérez Volpin, donde el endoscopista Diego Bialolenkier fue condenado a tres años de prisión condicional y siete años y medio de inhabilitación médica y la anestesióloga Nélida Puente fue absuelta. Ahora, la Justicia explicó los motivos por los que tomó esas decisiones.

Este viernes por la tarde, el juez Javier Anzoátegui, titular del Tribunal Oral y Correccional número 8 de Capital Federal, difundió los fundamentos a las partes del juicio (querella, defensas y fiscalía) a través de cédulas electrónicas. Eligió esta vía -y no la convocatoria a una audiencia para su lectura- dada la gran extensión que tuvo la resolución: 254 páginas. 

“El Tribunal tiene por probado que (…) el médico Diego Ariel Bialolenkier, en razón de su conducta imprudente y negligente, causó la muerte de la paciente”, indica el informe judicial.

“Al iniciarse el procedimiento y llegar con el endoscopio a la zona del esófago cervical, el imputado, pese a la existencia de cierta distensibilidad dificultosa del tracto digestivo, siguió avanzando con el instrumento, y ejerció una fuerza excesiva sobre la cara anterior del órgano antedicho, a la vez que seguía insuflando aire para lograr distenderlo”, continúa.

“En razón de esta maniobra, en primer lugar, provocó en la referida cara una perforación transmural de 0,3 cms. de diámetro, a 4,5 cms. de la horquilla epiglótica, que generó un saco submucoso de aproximadamente 3 cms., acompañado, en un área de 5 por 3 cms., de infiltración hemática", agrega.

"Luego, y a raíz de su intento de progresar a pesar de la referida resistencia, generó otras cuatro lesiones contusas lineales, que se extendieron por debajo de la anterior, a lo largo de 11 cms., a contar desde el inicio del esófago, afectando el 80% de la circunferencia del referido órgano”, señala el escrito.

“El aire insuflado por el endoscopio pasó a través de la perforación del esófago cervical hacia el mediastino, fundamentalmente en razón de la presión negativa existente en este último”, siguen los fundamentos.

“Por su actitud negligente, el imputado no advirtió esta situación y continuó con la práctica, insuflando aire para distender los órganos del aparato digestivo –esófago, estómago y duodeno- durante cerca de cinco minutos”, agregan.

Respecto a la anestesióloga, el informe señala que “está claro para el Tribunal que, aún cuando la acusada Puente hubiera realizado todas las maniobras que las partes acusadoras consideraban adecuadas al caso (maniobras que, insisto, era imposible que realizara por sí sola) el resultado se habría producido de todas maneras”.

Esas razones “persuaden al Tribunal de que la anestesióloga Nélida Inés Puente debe ser absuelta, toda vez que su conducta no se apartó, en la emergencia, de lo que indica la lex artis, más allá de que, como lamentablemente ocurrió, los intentos de salvar la vida de Débora Pérez Volpin hayan sido, en definitiva, ineficaces”.

Cómo sigue el juicio

Una vez cursadas las cédulas de notificación, comienza a correr el plazo de diez días hábiles para la presentación de recursos y apelaciones.

"Vamos a recurrir la absolución de Puente porque entendemos que, si bien no tiene la misma responsabilidad que Bialolenkier, ella también es responsable. Así lo entendimos nosotros y también la fiscal", dijo Diego Pirota, abogado de la familia de Pérez Volpin, en declaraciones a Télam.

Durante la etapa de alegatos, la querella pidió cuatro años y cinco meses de prisión para el endoscopista y tres años para la anestesista, además de 10 años de inhabilitación del título para ambos. La fiscalía hizo una solicitud similar, mientras que las dos defensas pidieron la absolución de los acusados.

Pirota tiene decidido también querellar a las autoridades de Galeno, empresa dueña del Sanatorio de La Trinidad de Palermo por los presuntos delitos de "encubrimiento" y "falso testimonio".

Pérez Volpin murió el 6 de febrero de 2018 mientras le realizaban una video endoscopía alta digestiva (VEDA), procedimiento que estaba a cargo de Bialolenkier y Puente.

<

Top Semanal

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR

LOCALES

NACIONALES

INTERNACIONES

DEPORTES

SOCIEDAD

FARÁNDULA