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La decana del departamento de Ciencias y Tecnologías aplicadas al Ambiente y Urbanismo de la UNLaR, Alicia Leiva comentó que algunas carreras son las más perjudicadas teniendo en cuenta que son “muy prácticas destinadas a ser presenciales"
Lunes 28 de Septiembre de 2020
21:26 | Lunes 28 de Septiembre de 2020 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Entre ellas, se destacan las carreras de geología, arquitectura, ingenierías, veterinaria, que según lo explicó Leiva, “generalmente están destinadas a ser presenciales porque son muy prácticas y esta pandemia nos llamó a un gran desafío a toda la comunidad universitaria, no es lo óptimo o ideal pero tenemos esta realidad y no todos tienen los recursos económicos y la conectividad que se necesita, poniendo a prueba todos los aspectos” afirmó.
En ese sentido, la decana sostuvo que “ha sido un tiempo de desafíos y aprendizajes en donde hubo partes del proceso de enseñanza que pueden contribuir a las partes teóricas y partes prácticas para que queden virtuales para siempre para abaratar costos y promover la participación de docentes y universidades de otras provincias a muy bajo costo” aseguró optimista.
Sin embargo, la parte presencial “es muy importante en carreras que implican un riesgo para las personas, en donde la parte práctica es esencial, se estuvo avanzando en el laboratorio remoto, pero puede ser desarrollado por algunas universidades con determinados equipos tecnológicos, pero es un llamado al avance y desarrollo” afirmó.
En este marco, Leiva explicó que para asegurar la formación práctica de las carreras fue necesario implementar en las materias del primer y segundo cuatrimestre un sistema en que el alumno pueda regularizar la asignatura con contenidos que puedan ser evaluados de manera virtual. Pero para la parte práctica “hemos desarrollado unos seminarios prácticos obligatorios que deberán hacerlos antes de rendir el examen final, destrabando el avance del sistema durante el año asegurando su formación práctica” comentó.
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1 COMENTARIOS
Ahí la tenés a la Leiva
| Miércoles 30 de Septiembre de 2020
La Leiva, atorrante, sin mandato legítimo dentro de 2 meses y días, en complicidad con el régimen autoritario de la escuelita barrial de la rioja y de la mafia universitaria larga egresados (porque no van a ser profesionales) sin cumplir con los estándares de calidad de las carreras al artículo 43 de la Ley N° 24521. Para justificar su incompetencia personal, política, como funcionaria y docente, expresa: "esta pandemia nos llamó a un gran desafío a toda la comunidad universitaria, no es lo óptimo o ideal pero tenemos esta realidad y no todos tienen los recursos económicos y la conectividad que se necesita, poniendo a prueba todos los aspectos...la parte presencial es muy importante en carreras que implican un riesgo para las personas, en donde la parte práctica es esencial, se estuvo avanzando en el laboratorio remoto, pero puede ser desarrollado por algunas universidades con determinados equipos tecnológicos, pero es un llamado al avance y desarrollo ”. Digo, sepan que esos graduados y graduadas de la escuelita barrial de calderón, leiva y demás integrantes de la oligarquía académica, van a poner en riesgos la salud, la seguridad, los derechos, bienes o la formación de habitantes O sea en todos los años de docentes (ella y todos los demás) de esa sucursal de la escuelita barrial de la rioja nunca fueron capaces de mirar mas allá del hoy. Y claro si sólo piensan en los miles de $$$ que ganan siendo docentes, funcionarios, empleados públicos, etc. Para el/la integrante de la oligarquía académica que va a contestar o pariente, les copio y pego (nobleza obliga a reconocerlo, no hice demasiado esfuerzo, para eso está la tecnología) el Art. 43 de la Ley N° 24521, donde se menciona la intensidad de la formación práctica: “Cuando se trate de títulos correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiere comprometer el interés público poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad, los derechos ,los bienes o la formación de los habitantes, se requerirá que se respeten, además de la carga horaria a la que hace referencia el artículo anterior, los siguientes requisitos: a)- Los planes de estudio deberán tener en cuenta los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades; b)- Las carreras respectivas deberán ser acreditadas periódicamente por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria o por entidades privadas constituidas con ese fin debidamente reconocidas. El Ministerio de Cultura y Educación determinará con criterio restrictivo, en acuerdo con el consejo de universidades, la nómina de tales títulos, así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente para ello” Fuente: https://core.ac.uk/download/pdf/228415448.pdf (publicado por la misma escuelita, jajaja).
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