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El Centro Comercial e Industrial, le solicita una audiencia urgente al Gobernador por el tema del Aporte Extraordinario Aplicable A Sujetos De Mayor Capacidad Contributiva

Desde la institución que agrupa a los comerciantes, consideran inoportuno el Aporte en cuestión. Teniendo en cuenta la situación económica actual por la que están atravesando, (recesión general y fuerte caída de ventas).

Viernes 24 de Mayo de 2024

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13:27 | Viernes 24 de Mayo de 2024 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El Centro Comercial e Industrial, le envió una carta al Gobernador Ricardo Quintela en donde, le solicitan audiencia urgente al Gobernador por el tema del Aporte Extraordinario Aplicable A Sujetos De Mayor Capacidad Contributiva.

Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted a fin de hacerle llegar nuestra consideraci6n sobre "Aporte Extraordinario Aplicable A Sujetos De Mayor Capacidad Contributiva" sancionado por LEY 10.714. Luego de haber recibido opiniones de las empresas asociadas sobre este tema y las consultas realizadas a los especialistas en materia tributaria, debemos realizar las siguientes objeciones:

1.            Considerando el criterio bajo el cual se establece este APORTE extraordinario, temporal y obligatorio y teniendo en cuenta la actual situación económica por la que atraviesa el comercio local (recesión general y fuerte caída de ventas), resulta evidente lo inoportuno del Aporte en cuestión.

 

2.            Desde el punto de vista legal, el Aporte es violatorio de principios y garantías Constitucionales, como son el de la igualdad ante la ley, de razonabilidad y de no confiscatoriedad.

 

3.            La imposici6n fiscal pretendida es parad6jica toda vez que establece un aporte adicional del 25% de lo que ya se paga mensualmente en el impuesto a los ingresos 8rutos.

 

4.            Además, tenemos el aumento de la alícuota del 1188 del 2,5% al 3% y la reducci6n del descuento por pago a término del 21% al 15%.

 

5.            Como si esto fuera poco, la difícil situaci6n del sector, resulta agravada por el fuerte aumento de las tasas municipales en este segundo trimestre, lo que redunda en un efecto inflacionario local no deseado.

 

6.            La norma cuestionada, deja abierta la puerta para otros aportes que en adelante se dispongan.

 

7.            Por otra parte, nuestra historia es reiterativa en tributos sancionados como Transitorios por situaciones de emergencia que luego se convierten en Permanentes.

 

8.            Lo expuesto, determinará la afectación de la capacidad de consumo de los habitantes de esta provincia ya que este tributo por su carácter distorsivo se trasladará directamente a precios.

 

 

9.                            Especial consideraci6n merece la desigualdad del sector con las actividades desarrolladas por las Sociedades en donde el estado tiene participaci6n estatal mayoritaria y que se encuentran favorecidas por las exenciones del pago de 1188.

 

10.          Nuevamente debemos Ilamar a la reflexión sobre la falta de empatía con los emprendedores contribuyentes riojanos, al ser discriminados resolviéndose en cuestiones donde tiene que ver la economía del sector.

 

11.          El crecimiento de la presión tributaria fomenta una mayor evasión.

 

12.          imposiciones como la cuestionada desalientan las inversiones en nuestra provincia, generando su expulsión hacia otras jurisdicciones.

 

Por todo lo expuesto y con el afán de acercar posiciones que resuelva la acuciante situación económica de la provincia y de nuestros asociados, solicitamos al Sr. Gobernador una audiencia en forma urgente, teniendo en cuenta la inminente vigencia de aplicaci6n de la Ley.

 

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