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¿Cómo acceder a la tarifa social para la energía eléctrica?

Luego del incremento de las tarifas de energía eléctrica, el Gobierno dio a conocer los detalles para acceder a la tarifa social. Aquí todos los detalles que tenes que saber.

Miércoles 10 de Febrero de 2016

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23:40 | Miércoles 10 de Febrero de 2016 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

¿De qué se trata la nueva Tarifa Social para la energía eléctrica?

Es una tarifa que implementó el Gobierno para redireccionar los subsidios a los usuarios de menor poder adquisitivo que hay en todo el país.

 

¿Qué usuarios pueden ser beneficiarios de la Tarifa Social?

Todos aquellos titulares del servicio que sean:

• Beneficiarios de programas sociales.

• Jubilados y/o pensionados que perciban haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $8.598,12 vigente hasta febrero 2016 inclusive según Resolución A 396/2015 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

• Trabajadores con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM): $12.120 según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de enero 2016.

• Personas con discapacidad.

• Contribuyentes inscriptos en el Monotributo Social.

• Empleados del servicio doméstico.

• Personas que cobren Seguro de Desempleo.

 

¿Desde cuándo rige el nuevo cuadro tarifario para la energía eléctrica?

Comenzó a aplicarse a los consumos de energía eléctrica desde el 1° de febrero de 2016, y se verá reflejado en la facturación de la distribuidora que llegue en el mes de marzo.

 

¿Qué usuarios quedan excluidos de la Tarifa Social?

Todos aquellos que sean propietarias/os de más de 1 inmueble, posean 1 vehículo de hasta 15 años de antigüedad o tengan aeronaves o embarcaciones de lujo.

 

¿Cómo me puedo dar de alta para ser beneficiario de la Tarifa Social?

A través del sitio web www.minem.gob.ar/formulario o en la línea gratuita 0800 333 2182.

 

CRITERIOS PARA LA DETERMINACION DE LA TARIFA SOCIAL

 

Criterio de elegibilidad

 

. Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.

 

. Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM).

 

. Ser titular de programas sociales.

 

. Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.

 

. Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239).

 

. Estar percibiendo el seguro de desempleo.

 

. Contar con certificado de discapacidad.

 

Criterios de exclusión del beneficio

 

. Cruce por padrón de fallecidos.

 

. Registro de propiedad Inmueble -quedará excluido cuando sea titular de más de uno.

 

. Padrón de Automotores -quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad.

 

. Embarcaciones de lujo -quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo.

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