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Algo salió mal!
En exclusiva dialogó con Radio Fénix, el titular del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba. Explicó el alcance de la medida cautelar que presentó para frenar los tarifazos de gas para las PyMEs de todo el país.
Miércoles 28 de Septiembre de 2016
23:34 | Miércoles 28 de Septiembre de 2016 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
“Recordemos que hace pocos días hubo el fallo de Corte Suprema de Justicia donde manifiesta que los aumentos que había determinado el gobierno para los usuarios residenciales de gas, no eran válidos porque no se habían realizado las Audiencias Públicas, pero no había dicho nada la corte respecto de los usuarios de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyME) porque no integraban la acción, es decir habían quedado fuera del marco jurídico y por respeto de lo que es el principio de congruencia no pudo pronunciarse”.
Vaca Narvaja explicó: “Después del fallo, varias PyME a través de sus organizaciones y representaciones iniciaron acciones en diversos puntos del país. Estas acciones son de tipo colectivo, hay una acordada de la Corte que es la 32 del 2014, que establece cómo es el sistema de revisación, es decir, las acciones colectivas deben inscribirse en un registro y una vez inscriptas se determina cuál Juez Federal de toda la Nación va a ser el interviniente y a dictar las resoluciones que van a tener carácter erga omnes es decir para todos cuando resuelve este tipo de medios”.
Sobre la presentación de la medida cautelar dijo: “Nosotros lo que hicimos el miércoles es resolver una medida cautelar, una medida provisoria mientras se sustancia la acción de amparo en el juzgado y se resuelve la cuestión de forma definitiva. La medida cautelar tiene un efecto hacia adelante por 90 días, es decir hasta el 27 de diciembre del corriente año, y lo que hace es retrotraer las facturas antes del incremento tarifario que tiene un tope del 500% que es lo que había dispuesto el Ministerio de Energía de la Nación”.
Respecto al alcance de esta medida y si beneficia a todas las PyME, dijo que: “el colectivo está representado por una Asociación que se llama APyMe (Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios) que tiene un estatuto particular del año 1988 y que se arroga la representación de ese colectivo”.
Agrega el juez cordobés: “Cuando se toma la decisión de abrir el amparo se dicta un decreto de admisibilidad, es decir una admisión temporaria de esa persona, tomándola como sujeto de derecho que se representa para poder abrir la acción. Posteriormente en la etapa de sentencia ya se verá si realmente representa a ese colectivo y también se resolverá la cuestión de fondo, es decir todos los planteos que realiza APyMe respecto de la normativa dictada por el gobierno, hay muchos planteos efectuados, entre ellos que no se realizaron las audiencias públicas y otro la vigencia de la Ley de Ética Pública que el ministro Aranguren no podría haber firmado esas resoluciones porque no transcurrieron los tres años que requiere la ley para el ejercicio de una función pública habiendo abandonado el cargo de CEO de la empresa Shell”.
“Estos planteos no han sido resueltos al momento de la cautelar, se van a resolver posteriormente. Lo que se tomó en cuenta es lo que se llama la Verosimilitud del Derecho y el Peligro en la Demora, que son dos elementos necesarios para el dictado de estas medidas”.
Vaca Narvaja al ser consultado por qué se determinó esta presentación, respondió: “A partir de lo que es la situación de las diversas pymes, desde una fábrica de alfajores hasta una metalúrgica y en virtud de la situación económica imperante con inflación elevada, aumento de desempleo y bajo consumo, evidentemente se configura una coyuntura complicada para este sector y por eso el dictado de la medida cautelar”
Respecto a la posibilidad de una apelación por parte del gobierno nacional dijo Vaca Narvaja: “Según la ley de medidas cautelares contra el estado, hay 48 horas para presentar una apelación. Desde el martes a las 11 horas hasta el jueves en el mismo horario es el lapso de presentación. Hasta el momento no hay novedades”
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