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El organismo argumenta que la detencion se concretó por una “presunta desobediencia a la autoridad". También actuó una profesional del derecho que entorpeció la detención en flagrancia de dicho ciudadano que tenia medidas de cese de perturbación.
Domingo 19 de Abril de 2026
10:13 | Domingo 19 de Abril de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Ministerio Público Fiscal informa que, el día jueves 16 de abril de 2026, en el marco de un procedimiento de flagrancia, se procedió a la aprehensión del ciudadano Bordón por la presunta comisión del delito de desobediencia a la autoridad previsto en el art. 239 del Código Penal, en virtud del incumplimiento de medidas de protección de persona consistentes en el cese de actos de perturbación e intimidación, dictadas en un contexto de violencia de género por el Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N° 2, las cuales se encontraban plenamente vigentes por haber sido debidamente notificadas a las partes, adoptándose en consecuencia las medidas urgentes correspondientes conforme a la normativa vigente.
Cabe destacar que dichas medidas de protección tenían como finalidad resguardar la integridad de una mujer en situación de vulnerabilidad, en el marco de un contexto de violencia de género, lo que impone al Estado y a sus órganos, entre ellos el Ministerio Público Fiscal, el deber de actuar con debida diligencia reforzada y garantizar la tutela judicial efectiva, conforme a lo establecido en la Ley Nacional N° 26.485, así como en los compromisos asumidos por el Estado argentino en la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará; en este sentido, no se trata de una facultad discrecional, sino de una obligación legal de intervenir de manera inmediata, eficaz y sin dilaciones ante situaciones de riesgo, a fin de asegurar la protección real de la víctima y evitar la reiteración o agravamiento de hechos de violencia.
Durante el desarrollo del procedimiento en el lugar del hecho, mientras el personal policial actuaba bajo directivas del Ministerio Público Fiscal, se hizo presente una profesional del derecho que manifestó intervenir como defensora del imputado. No obstante, su accionar excedió el marco del ejercicio técnico de la defensa, desplegando una conducta de oposición activa que implicó un entorpecimiento concreto del procedimiento, incluyendo resistencia a la continuidad del traslado dispuesto y contacto físico con el personal policial interviniente, generando una situación de tensión que impedía el normal desarrollo de las medidas ordenadas.
Frente a dicha situación, y con el objetivo de garantizar la efectiva aplicación de las medidas de protección vigentes y evitar cualquier riesgo para la víctima, el Ministerio Público Fiscal dispuso una intervención inmediata de carácter preventivo y momentáneo respecto de la profesional, orientada exclusivamente a hacer cesar la conducta obstructiva y restablecer el orden necesario para la continuidad del procedimiento, dejándose expresamente aclarado que dicha intervención tuvo un carácter estrictamente funcional y operativo, y no respondió a una finalidad punitiva, sino a la necesidad de asegurar la eficacia de la medida dispuesta y el normal desarrollo del procedimiento en curso.
Una vez superado el incidente y asegurado el normal desenvolvimiento del procedimiento, la medida adoptada perdió razón de ser, motivo por el cual no se impulsó una acción penal autónoma respecto de la profesional interviniente, en atención a que la finalidad de la intervención fue cumplida.
El Ministerio Público Fiscal reafirma que su actuación se desarrolló dentro del marco de las facultades legales que le competen como órgano encargado de la dirección de la investigación penal, priorizando la protección de la víctima y garantizando el cumplimiento efectivo de las medidas dispuestas, especialmente en contextos de violencia de género donde la inmediatez y la eficacia del accionar estatal resultan esenciales.
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17 COMENTARIOS
Fanatismo
| Martes 21 de Abril de 2026
Increíble leer ,como una "ilustre" opinologa desde su fanatismo político e ignorancia ,,desacredita a una abogada ,porque esta ejerce legitimamente su profesion Pensara que hace algun aporte valioso?Sabra que los y las abogados/das deben ser tratados,/das como a los magistrados (jueces) ?Sin dudas que la obsecuencia y el chupamedismo tiene un precio.
JULIA
| Lunes 20 de Abril de 2026
QUE VERGUENZA, LA JUSTICIA DEBE ACTUAR CORTANDO CABEZAS , COMO DEBE SER, ACASO NO ES MUJER, MADRE , PARA HACER SEMEJANTE PAYASADA, QUEDÓ MUY MAL PARADA , INES, ES UNA VERGUENZA LO QUE HIZO, BUENO FUE INTENDENTA!!!!!!!!
Gabriel
| Lunes 20 de Abril de 2026
Ojalá hubieran actuado con esa rapidez en el caso de Jesica Mercado. Pero es todo política, unos más corruptos que los otros en estos organismos
Oscar Nu
| Lunes 20 de Abril de 2026
Inseguridad jurídica, policías serviles. Nunca sean policía.
angel
| Lunes 20 de Abril de 2026
el brazo represor de..No hemos publicado su comentario debido a su alto grado de agresividad y/o injurias manifiestas. Esto no es una censura, sino un acto de responsabilidad. Le extendemos una invitación para que se acerque a los estudios de Radio Fénix, ubicados en Avda. Juan D. Perón 742, de 8:30 a 20:00 horas, donde podrá realizar la denuncia pública que considere pertinente.
Desobediencia???
| Lunes 20 de Abril de 2026
El ministerio público fiscal actuó con suma celeridad contra un hombre por desobedecer una orden judicial (según su comunicado). El ministro zarate desobedecio al TSJ y el mismo ministerio fiscal archivo la denuncia cargada de pruebas. En que quedamos?????
Silencio
| Lunes 20 de Abril de 2026
Ante estos hechos,los responsables deberían guardar respetuoso silencio
JUan
| Lunes 20 de Abril de 2026
Detuvieron al Olima ese..No hemos publicado su comentario debido a su alto grado de agresividad y/o injurias manifiestas. Esto no es una censura, sino un acto de responsabilidad. Le extendemos una invitación para que se acerque a los estudios de Radio Fénix, ubicados en Avda. Juan D. Perón 742, de 8:30 a 20:00 horas, donde podrá realizar la denuncia pública que considere pertinente.
Lala
| Lunes 20 de Abril de 2026
payasos
pepe
| Lunes 20 de Abril de 2026
que caraduras y encima quieren aclarar que oscurecen, lamentablemente nada puede ser de palabra porque se la lleva el viento y de una asamblea que tendría que estar personería jurídica, se termino haciendo un cambalache como siempre
Carlos A. Gutierrez
| Lunes 20 de Abril de 2026
Si es Hombre ... Es CULPABLE.!!! Doctrina Zafaroni. Marche preso.
Y de los nuevos millonarios
| Lunes 20 de Abril de 2026
Que pasa con los funcionarios provinciales que saquearon la provincia la vista gorda como siempre en la justicia
Liliana
| Lunes 20 de Abril de 2026
38 denuncias de Violencia de Género , tan distinto actuó la Justicia conmigo..No hemos publicado su comentario debido a su alto grado de agresividad y/o injurias manifiestas. Esto no es una censura, sino un acto de responsabilidad. Le extendemos una invitación para que se acerque a los estudios de Radio Fénix, ubicados en Avda. Juan D. Perón 742, de 8:30 a 20:00 horas, donde podrá realizar la denuncia pública que considere pertinente.
Mario
| Domingo 19 de Abril de 2026
INSEGURIDAD JURIDICA TRADICIONAL EN LA RIOJA
Yio
| Domingo 19 de Abril de 2026
No sabe la..No hemos publicado su comentario debido a su alto grado de agresividad y/o injurias manifiestas. Esto no es una censura, sino un acto de responsabilidad. Le extendemos una invitación para que se acerque a los estudios de Radio Fénix, ubicados en Avda. Juan D. Perón 742, de 8:30 a 20:00 horas, donde podrá realizar la denuncia pública que considere pertinente.
al ministerio publico
| Domingo 19 de Abril de 2026
lean la constitucion Provincial
Ariel
| Domingo 19 de Abril de 2026
se actuo conforme a la ley, todo lo demas que hizo IBYD fue circo politico y mediatico
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