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El organismo detectó irregularidades en los registros del producto “Mito Andino” y ordenó su retiro del mercado nacional. La medida busca proteger la salud pública.
Jueves 31 de Julio de 2025
10:47 | Jueves 31 de Julio de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio argentino del aceite de oliva virgen extra primera prensada, marca Mito Andino, tras detectar graves irregularidades en su rotulado y registros sanitarios. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 5434/2025.
El producto fue considerado ilegal por carecer de los registros exigidos por la normativa vigente. En concreto, los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE 13005521) y de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA 025 13032729) que figuran en su etiqueta no existen, lo que impide garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración y calidad sanitaria.
La intervención se originó a partir de una consulta recibida por el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que derivó en una verificación con la autoridad sanitaria de Mendoza. Esta confirmó que los registros mencionados no están autorizados, lo que constituye una infracción a la Ley N.º 18284, al Decreto N.º 2126/71 y al Código Alimentario Argentino.
La ANMAT señaló que el producto está falsamente rotulado y no puede ser identificado como elaborado en un establecimiento habilitado. Por ello, se ordenó su retiro inmediato del mercado, incluyendo plataformas de venta en línea, y se instruyó a las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que tomen las medidas correspondientes.
Esta es la segunda prohibición de aceite de oliva en menos de una semana. Días atrás, el organismo también vetó la comercialización de un producto de la marca SOMA, producido en Córdoba, por irregularidades similares en sus registros y etiquetado.
Ambas disposiciones fueron firmadas por la administradora nacional de la ANMAT, Nélida Agustina Bisio, en ejercicio de las facultades conferidas por los decretos 1490/92 y 94/2023, con el objetivo de resguardar la salud de la población frente a productos alimenticios que no cumplen con los estándares de seguridad e inocuidad exigidos por la legislación vigente.
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