Sociedad

El presidente de un frigorífico fue procesado por contaminar el Río Salado

Se investiga el vertido ilegal de efluentes contaminantes al ecosistema del Río Salado, en violación a la Ley N°24.051 de residuos peligrosos.

Miércoles 03 de Diciembre de 2025

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13:58 | Miércoles 03 de Diciembre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El presidente de un frigorífico de la ciudad de Azul fue procesado por impurificar el Río Salado al verter de manera ilegal efluentes contaminantes, en violación a la Ley N°24.051 de residuos peligrosos.

El juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio, procesó al presidente del frigorífico La Canaria S.A. en el marco de una causa que investiga el vertido ilegal de efluentes contaminantes.

La investigación se inició tras una denuncia presentada por la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), a cargo del fiscal federal Ramiro González, a partir de “imágenes difundidas por un medio periodístico que mostraban la descarga directa de efluentes industriales en aguas vinculadas al sistema del Río Salado”.

Desde el portal Fiscales informaron que con el avance de la pesquisa se realizaron inspecciones por parte de la Autoridad del Agua (ADA), del Ministerio de Ambiente de la provincia y del Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal (PFA) que constataron “infracciones ambientales reiteradas y la presencia de parámetros contaminantes por encima de los límites permitidos en, al menos, tres oportunidades entre 2023 y 2025”.

En el escrito, valoró los informes técnicos y periciales que demostraron la presencia reiterada y sistemática de DBO (Demanda Biológica de Oxígeno), DQO (Demanda Química de Oxígeno), fósforo total, sólidos sedimentables y coliformes fecales por encima de los límites permitidos.

Todos estos elementos configura la existencia de residuos peligrosos con aptitud para afectar el ambiente y la salud pública.

El imputado, que no declaró, pero sí presentó un descargo por escrito, alegó que se trataba de irregularidades administrativas y que la empresa había implementado mejoras.

Con los elementos obtenidos, el magistrado determinó la existencia de una acción delictiva, que establece una pena de entre 3 y 10 años de prisión, a quien “utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.

El juzgado resolvió procesar, sin prisión preventiva, al presidente de la firma y ordenar un embargo por $10 millones. A su vez se rechazó el sobreseimiento que había planteado la defensa.

 

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