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Se trata de un incremento parcial que el Gobierno viene implementando para mitigar el impacto de las actualizaciones mensuales en el bolsillo de los usuarios
Viernes 30 de Enero de 2026
09:21 | Viernes 30 de Enero de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Gobierno aumentó los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono (ICL y CO₂), los cuales se trasladarán en febrero a los valores de la nafta y el gasoil que los usuarios encuentren en las estaciones de servicio.
La suba se oficializó mediante la publicación del decreto 74/2026 en Boletín Oficial, en donde aclararon que se trata de un incremento parcial. En este sentido, explicaron que, “con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible, resulta necesario, para los productos en cuestión, diferir parcialmente los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones".
El nuevo cronograma, dispuesto en el segundo artículo del texto oficial, determinó que “para los hechos imponibles”, que ocurran entre el 1 y el 28 de febrero, los montos del impuesto se incrementarán según la siguiente escala: en el caso de la nafta sin plomo, hasta 92 RON y sobre 92 RON (también conocida como “súper”), y la virgen, el impuesto subirá $16,773 por litro. En cuanto al dióxido de carbono, este gravamen subirá $1,027 por litro.
En lo que respecta al gasoil, el impuesto aumentará $14,372; sobre la alícuota diferencial para zonas como la Patagonia y otras específicas del interior del país, sumará $7,782; y para el dióxido de carbono se incrementará en $1,638 por litro.
A través de un documento publicado en agosto del año pasado, el Ejecutivo había postergado la aplicación de los incrementos derivados de las actualizaciones correspondientes al año calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025, estableciendo como nueva fecha el 1° de febrero de 2026. En esa misma línea, el Gobierno también modificó la fecha de aplicación de la siguiente etapa de incrementos, que pasa del 1 de febrero al mismo día del mes siguiente, según aclara el artículo tercero de la norma.

Por otro lado, la legislación prevé un tratamiento diferencial para el gasoil destinado al consumo en determinadas jurisdicciones del país, como las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el Partido de Patagones en Buenos Aires y el departamento Malargüe en Mendoza.
El decreto toma como antecedente la Ley 23.966, que establece los gravámenes sobre los combustibles líquidos y el dióxido de carbono, así como los mecanismos de actualización trimestral de los montos fijos en función de la inflación que da a conocer mensualmente el INDEC.
Según la normativa vigente, los ajustes deben aplicarse en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año y contemplan las variaciones acumuladas desde enero de 2018. “En los considerandos precedentes se previó que los referidos montos fijos se actualizasen por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)“, subraya en uno de sus párrafos.
De acuerdo con un informe, el Gobierno optó en 2025 por evitar incrementos bruscos en los precios de los combustibles al aplazar parcialmente la actualización del impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. Esta política implicó para el Estado una pérdida de ingresos por USD 2.326 millones, buscando de esta manera atenuar el impacto fiscal en los surtidores, aunque acentuó la diferencia entre el monto legal del tributo y lo efectivamente recaudado.
La decisión se tradujo en que la actualización integral del impuesto fue postergada de manera sistemática durante el año. La última actualización, que tuvo lugar en diciembre, representó una disminución de recaudación de USD 173 millones solo en ese mes, de acuerdo al dato de la consultora Economía y Energía (EyE). La suma anual refleja la magnitud de los recursos resignados para evitar una mayor presión sobre los precios finales de los combustibles.
El mecanismo previsto por ley establece que los valores deben ajustarse trimestralmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor nacional. Pese a esa disposición, el Ejecutivo optó por suspender varias veces este ajuste automático, autorizando solo incrementos parciales y trasladando el resto de los aumentos a instancias futuras.
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