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La muerte de Silvina Luna: la Justicia ordenó ampliar la pericia médica en la causa contra Aníbal Lotocki

El foco de la investigación ahora apunta directamente a los controles y tratamientos que recibió la modelo y actriz fallecida el 31 de agosto de 2023

Martes 03 de Febrero de 2026

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18:02 | Martes 03 de Febrero de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La causa por la muerte de Silvina Luna sumó en las últimas horas una decisión clave: la Justicia ordenó ampliar la pericia hecha el 15 de septiembre pasado para que la junta médica se expida sobre si existieron errores o fallas en el seguimiento postoperatorio tras la operación realizada por Aníbal Lotocki. El foco de la investigación ahora apunta directamente a los controles y tratamientos que recibió la modelo y actriz fallecida el 31 de agosto de 2023.
 
La resolución la tomó el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°60, a cargo del juez subrogante Santiago Bignone. Atendió el pedido de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1 y requirió una nueva intervención de la junta médica oficial para aclarar puntos que todavía generan dudas en el expediente.
 
El caso investiga la responsabilidad penal de Aníbal Lotocki, denunciado por Fernando Burlando y otros allegados a Silvina Luna, bajo la calificación de homicidio simple.
 
Aníbal Lotocki
Aníbal Lotocki
El nuevo peritaje tiene cuatro ejes centrales:
 
El primero busca saber si, cuando aparecieron los granulomas —formaciones anómalas presentes en el cuerpo de la paciente—, se pudo haber realizado algún tratamiento o intervención para evitar que desarrollara la hipercalcemia, un trastorno grave de calcio en sangre. Esto fue el desencadenante directo de la insuficiencia renal que sufrió Luna.
 
En segundo lugar, se le pidió a la junta que precise en qué momento exacto habría resultado oportuno aplicar ese tratamiento, si es que existía posibilidad de hacerlo. El objetivo es establecer si hubo una ventana temporal en la que la evolución clínica pudo haberse frenado o revertido.
 
El tercer aspecto aborda los controles médicos. La pericia deberá determinar si los controles postoperatorios realizados por Lotocki fueron los adecuados de acuerdo al tipo de intervención que se hizo. En palabras del dictamen: “Si los controles postoperatorios realizados por Aníbal Lotocki fueron los adecuados de acuerdo al tipo de intervención que llevara a cabo”, un punto que puede ser determinante para establecer la responsabilidad.
 
Por último, el juzgado pidió analizar si Lotocki “se encontraba en condiciones −de acuerdo a su experiencia y conocimiento del caso− de intervenir de alguna manera para evitar que el desarrollo de los granulomas le produjera a la paciente las consecuencias que tuvo en su salud”. El pedido es concreto: determinar si el médico podía haber previsto o evitado el desenlace con medidas razonables.
 
Tras la finalización del nuevo informe pericial, las actuaciones volverán a manos de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 1, que continuará con la investigación.
 
Lotocki fue condenado por lesiones
Lotocki fue condenado por lesiones en una causa en la que Luna fue querellante
La condena por lesiones
Hay que recordar que el 3 de octubre y el 23 de noviembre de 2011, la modelo se sometió a dos intervenciones médicas con Lotocki, “donde el imputado le colocó un producto de relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) en lugares del cuerpo en que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la ciencia médica”, dice la causa según el portal Fiscales. Y sigue: “Ello le provocó alteraciones anatómicas en sus glúteos y muslos, con endurecimiento de la textura muscular”.
 
Por ello, en febrero de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº28 condenó a Lotocki a cuatro años de prisión e inhabilitación para ejercer la medicina por cinco años, tras encontrarlo responsable de las lesiones graves reiteradas que sufrieron Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Silvina Luna.
 
En noviembre de 2023, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal amplió la condena a 8 años: consideró que también había cometido el delito de estafa y aumentó a 10 años el tiempo de inhabilitación para ejercer su profesión. La decisión fue confirmada en abril pasado por la Sala II.

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