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El Tribunal Superior de Justicia aprobó un Código de Ética obligatorio para jueces permanentes y transitorios

La nueva norma permite que cualquier persona presente denuncias y contempla desde llamados de atención hasta el pedido de enjuiciamiento, pero deja el control final dentro de la propia estructura judicial.

Jueves 20 de Agosto de 2026

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10:50 | Jueves 20 de Agosto de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Los jueces de La Rioja tendrán desde ahora reglas expresas sobre independencia, actividad política, relaciones con abogados, exposición pública, redes sociales y hasta comportamientos de su vida privada. El Tribunal Superior de Justicia aprobó el Código de Ética mediante el Acuerdo 234, firmado el 29 de julio de 2026.

La medida reglamenta el artículo 160 de la Constitución provincial reformada en 2024, que exige a jueces y miembros de los ministerios públicos una “conducta ejemplar” en sus actividades oficiales y privadas. El antecedente inmediato es el Reglamento Disciplinario aprobado por el propio Tribunal en 2023.

El Código reúne principios reconocidos internacionalmente, como los de Bangalore, y toma como referencia normas de Córdoba y el Código Iberoamericano de Ética Judicial. Entre otras obligaciones, exige independencia, imparcialidad, capacitación permanente, transparencia, diligencia, honestidad y fundamentación clara de las sentencias.

También prohíbe recibir regalos de litigantes, mantener conversaciones privadas sobre las causas, participar en actividades político-partidarias, ejercer presiones para obtener designaciones y utilizar el prestigio del cargo para beneficiar intereses particulares.

Uno de los capítulos más actuales regula la conducta de los magistrados en las redes sociales. Los jueces deberán utilizar su identidad verdadera, conocer el funcionamiento de las plataformas y aplicar un “criterio precautorio virtual” antes de publicar. Una expresión considerada impropia podrá generar responsabilidad ética aunque haya sido difundida desde una cuenta personal.

La regulación busca proteger la confianza pública, pero abre una discusión sobre sus límites. Conceptos como decoro, recato, dignidad o los lugares y personas que un juez frecuenta admiten interpretaciones amplias. Sin criterios uniformes, esas pautas podrían transformarse en instrumentos discrecionales para vigilar la vida privada o limitar expresiones que no afectan concretamente la función judicial.

Cualquier persona podrá denunciar a un magistrado, aunque necesitará patrocinio letrado si no es abogada. Un Tribunal de Ética realizará la investigación preliminar. Estará integrado por un miembro del Tribunal Superior, un magistrado jubilado y un abogado jubilado que no ejerzan la profesión.

El dictamen será remitido nuevamente al Tribunal Superior de Justicia, que podrá aplicar un llamado de atención, disponer un sumario o promover el enjuiciamiento del denunciado. Luis Alberto Brizuela fue designado representante del máximo tribunal en el nuevo organismo.

El diseño presenta una tensión institucional: la Justicia fija las reglas, integra el órgano investigador y conserva la decisión final. Esa autorregulación puede proteger la independencia frente a los otros poderes, pero también alimentar una lógica corporativa si las denuncias, fundamentos y sanciones no cuentan con suficiente publicidad.

El Código será una herramienta de transparencia solamente si se aplica con reglas previsibles, debido proceso y criterios iguales para todos. De lo contrario, una norma destinada a elevar la conducta judicial podría convertirse en un sistema selectivo de disciplina interna.

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