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La Cámara Nacional Electoral falló a favor de Santilli, que podrá encabezar la lista de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires

La Cámara revocó la decisión anterior del juez Ramos Padilla, que había fallado en contra. Karen Reichardt quedaría en segundo lugar.

Sábado 11 de Octubre de 2025

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13:00 | Sábado 11 de Octubre de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que Diego Santilli puede encabezar la lista. La resolución se conoció después del planteo formulado por el fiscal federal ante la CNE, Ramiro González, quien había sugerido que se respetara lo señalado por las instancias anteriores, esto es: que Karen Reichardt lidere la lista de candidatos de La Libertad Avanza en los comicios del 26 de octubre en suelo bonaerense. Sin embargo, la CNE falló en contra de ese criterio.
 
El Tribunal es la última instancia a la que podía acudir el Gobierno para reclamar el cambio luego del paso al costado de José Luis Espert en el tramo final de la campaña en suelo bonaerense. Reichardt era segunda y Santilli, tercero en la lista a candidatos a diputados nacionales. Con el fallo se convalidó el criterio que sostenían los apoderados de LLA.
 
Este domingo se cumplirá una semana desde que renunció José Luis Espert a su candidatura a diputado nacional en suelo bonaerense por LLA. Está imputado por lavado de dinero y bajo investigación por sus vínculos con Federico Fred Machado -señalado por la justicia de Estados Unidos como responsable de los delitos de estafa, narcotráfico y blanqueo de activos-.
 
A lo largo de esta semana hubo una serie de resoluciones judiciales contrarias a las pretensiones del Gobierno Nacional: el miércoles por la mañana tras el dictamen de la fiscal de primera instancia con competencia electoral, María Laura Roteta, el juez Alejo Ramos Padilla rechazó que Diego Santilli reemplace como primer candidato a Espert.
 
El jueves por la tarde la Junta Electoral Nacional Distrito Buenos Aires, integrada por los jueces Ramos Padilla y Jorge Di Lorenzo, junto a la presidenta de la Corte provincial, Hilda Kogan, se opusieron a la reimpresión de 14 millones de boletas para los electores de la provincia, que demandaría un costo por encima de los 12.100 millones de pesos.
 
Todo fue apelado por los apoderados de LLA, Alejandro Carranzio, Juan Osana y Luciano Gómez Alvariño, quienes insisten en que Diego Santilli debe quedar primero en la lista que compite en la provincia de Buenos Aires.
 
Es esa la primera discusión que llegó ante la Cámara Nacional Electoral integrada por los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía. Este último se encuentra de licencia hasta el lunes.
 
En el fallo al que accedió Clarín, y en el que se tomó la decisión de revocar el fallo del juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, los camaristas se opusieron al criterio establecido por la fiscal María Laura Roteta, el magistrado y el fiscal ante la Cámara- Ramiro González-.
 
En aquellas instancias se había determinado que Karen Reichardt debía ser quien reemplazara a José Luis Espert en la lista de candidatos a diputados nacionales de la alianza La Libertad Avanza.
 
A la hora de fundar su decisión, la CNE sostuvo que debía aplicarse la ley de paridad de género (27.412) y su decreto reglamentario, de forma contraria a la interpretación del juez Ramos Padilla. Esa normativa "expresamente dispone que los reemplazos deben hacerse con personas del mismo género". En este caso, Diego Santilli.
 
Continuando con ese lineamiento, la Cámara cuestionó que el magistrado "se haya apartado injustificadamente de la norma aplicable, basando su decisión en una interpretación subjetiva y declarando una inconstitucionalidad sin fundamento suficiente".
 
En esa misma línea, se expresó en el fallo, que el juez "desatendió la jurisprudencia del tribunal en casos análogos para la categoría de diputados nacionales y tergiversó la aplicación de un precedente que se refería a otra categoría de cargos (senadores nacionales)".
 
En el pronunciamiento, el Tribunal recordó también su rol activo en la "tutela de la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos públicos electivos y hacia el interior de los partidos políticos, evidenciado con criterios establecidos en muchos pronunciamientos anteriores (citados en la sentencia) que priorizaron la participación política de las mujeres sobre los hombres".
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