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Los argentinos se preguntan cuándo será el próximo fin de semana largo tras el feriado de Carnaval que todavía se sigue disfrutando.
Martes 17 de Febrero de 2026
18:15 | Martes 17 de Febrero de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El calendario de los fines de semana largo de 2026 en Argentina continúa después del reciente feriado doble por Carnaval —que incluyó los lunes 16 y martes 17 de febrero—, y ahora muchos se preguntan cuál es la próxima pausa oficial en el año laboral.
Según el calendario oficial de feriados nacionales publicado por el Gobierno, el próximo día de descanso será en marzo y se trata de una fecha significativa en la historia argentina.
El martes 24 de marzo es el siguiente feriado inamovible tras el Carnaval y recuerda a las víctimas de la última dictadura cívico-militar argentina (1976-1983).
Además, el Gobierno estableció que el lunes 23 de marzo será un día no laborable con fines turísticos, lo que extendría el descanso y generará un nuevo fin de semana largo de cuatro días, desde el sábado 21 hasta el martes 24 de marzo.
Este puente ofrece una nueva oportunidad para que trabajadores, familias y estudiantes planifiquen una escapada o actividades de descanso tras el Carnaval.
Luego de marzo, el calendario de feriados oficiales continúa con fechas importantes para la sociedad argentina:
1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible).
25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable).
20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible).
9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible).
10 de julio: día no laborable con fines turísticos.
17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable).
12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable).
23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable).
7 y 8 de diciembre: día no laborable y feriado por la Inmaculada Concepción de María.
25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible).
Feriado nacional: es obligatorio el descanso para la mayoría de los trabajadores; si se trabaja ese día, corresponde el pago con recargo.
Día no laborable con fines turísticos: no es obligatorio para las empresas; queda a criterio del empleador otorgarlo como descanso.
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