El Gobierno de La Rioja anunció un nuevo marco de protección para consumidores frente a prácticas financieras abusivas. La medida contempla una pausa crediticia de 180 días, límites a las tasas de interés y un registro provincial de proveedores.
21:30 | Miércoles 02 de Septiembre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
El Gobierno de La Rioja anunció un conjunto de medidas de protección y un nuevo marco legal destinado a fortalecer los derechos de los consumidores y regular determinadas prácticas vinculadas a créditos y servicios financieros no bancarios.
Entre las principales medidas se establece una pausa crediticia de 180 días, durante la cual se dispone el freno e inmovilización total de embargos y trámites de ejecución judicial relacionados con créditos de consumo.
Además, se fijará un tope a las tasas de interés, tomando como referencia la Tasa Nominal Anual (TNA) de libre destino del Banco Nación, con el objetivo de sancionar el cobro desproporcionado o abusivo en préstamos no bancarios.
La normativa también establece la prohibición de retener documentación personal, como DNI, tarjetas de débito o crédito y claves personales, por parte de comercios o prestamistas. A esto se suma la implementación de una conciliación obligatoria, mediante una vía administrativa destinada a reducir intereses punitorios y establecer planes de pago accesibles.
Por otra parte, se creará un Registro Provincial de Proveedores, que permitirá fiscalizar e inhabilitar a Fintech, billeteras virtuales y financieras no bancarias que operen sin la correspondiente habilitación provincial.
Desde el Gobierno provincial señalaron que las medidas buscan avanzar en la protección de los consumidores, la regulación de prácticas abusivas y una mayor fiscalización y transparencia del mercado.
Las medidas, textuales
1. PAUSA CREDITICIA — 180 días
“Freno e inmovilización total de embargos y trámites de ejecución judicial por créditos de consumo.”
2. TOPE A LAS TASAS DE INTERÉS
“Límite fijado en la TNA de libre destino del Banco Nación para sancionar el cobro desproporcionado o abusivo en préstamos no bancarios.”
3. PROHIBICIÓN DE RETENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN
“Sanción estricta a comercios o prestamistas que retengan DNI, plásticos de débito/crédito o claves personales.”
4. CONCILIACIÓN OBLIGATORIA
“Vía administrativa de saneamiento para reducir intereses punitorios y fijar planes de pago accesibles.”
5. REGISTRO PROVINCIAL DE PROVEEDORES
“Padrón obligatorio para fiscalizar e inhabilitar a Fintech, billeteras virtuales y financieras no bancarias sin habilitación provincial.”