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Retuvo los vehículos de su ex pareja tras la separación y la Justicia la procesó por retención indebida

La Justicia de La Rioja procesó a una mujer acusada de no devolver una motocicleta y un automóvil que habían quedado en su poder luego de finalizar una relación. También se dispuso un embargo de $1.500.000 sobre sus bienes.

Viernes 18 de Septiembre de 2026

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18:45 | Viernes 18 de Septiembre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

El Juzgado de Instrucción N.º 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del juez Héctor Daniel Barría, resolvió procesar a Cynthia E. V. S. como supuesta autora del delito de retención indebida, previsto en el artículo 173 inciso 2° del Código Penal.

La causa se inició a partir de la denuncia de su ex pareja, quien señaló que tras la separación, ocurrida en 2018, habían quedado en poder de la mujer una motocicleta Honda Wave y un automóvil Fiat Strada Working. Según consta en el expediente, el hombre afirmó ser titular registral de la motocicleta y haber adquirido el automóvil mediante un boleto de compraventa y un formulario 08 firmado por el titular registral.

El denunciante sostuvo que solicitó en reiteradas oportunidades la devolución de ambos vehículos y que posteriormente envió una carta documento para intimar formalmente a la mujer. La notificación fue realizada el 11 de noviembre de 2021 y establecía un plazo de diez días para restituir los rodados.

Según la resolución judicial, la devolución no se concretó y posteriormente ambos vehículos fueron secuestrados y entregados al denunciante.

Para resolver la situación procesal, el magistrado analizó la denuncia y su ratificación, documentación vinculada a los vehículos, actas de secuestro y entrega y declaraciones testimoniales. También fue incorporado el testimonio de la persona que manifestó haber vendido el automóvil al denunciante y haber firmado el boleto de compraventa y el formulario 08, aunque la transferencia registral aún no se había realizado.

La imputada, en tanto, se abstuvo de prestar declaración indagatoria, haciendo uso de la facultad prevista por el Código Procesal Penal.

Tras analizar las pruebas, el Juzgado consideró acreditada, con el grado de probabilidad requerido para esta etapa, la existencia del hecho investigado y la presunta participación de la mujer. La resolución sostuvo que los vehículos habían permanecido legítimamente en su poder durante la convivencia, pero que, una vez finalizada la relación y requerida formalmente su devolución, existía la obligación de restituirlos.

Por estos motivos, la Justicia encuadró provisoriamente el hecho como retención indebida, delito contemplado en el artículo 173 inciso 2° del Código Penal.

Además del procesamiento, el juez Héctor Daniel Barría dispuso trabar un embargo sobre los bienes de la procesada por $1.500.000, destinado a responder por una eventual pena pecuniaria y las costas del proceso.

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