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Piden un año y cuatro meses de prisión condicional por incumplimiento alimentario

La Fiscalía solicitó un año y cuatro meses de prisión condicional para un hombre acusado de incumplir con los pagos fijados judicialmente para sus hijos. El tribunal cerró el debate y debe dictar sentencia.

Jueves 29 de Octubre de 2026

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13:52 | Jueves 29 de Octubre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de La Rioja, en Sala Unipersonal a cargo de la Jueza Dra Karina Cabral, quien llevó adelante un juicio contra Carlos A. P. acusado de incumplir las cuotas alimentarias fijadas a favor de sus hijos; tal como se prevé en el artículo 1 de la Ley 13.944.

La Fiscalía solicitó una condena de 1 año y 4 meses de prisión condicional, mientras que la Defensa pidió la absolución y planteó la nulidad de la acusación. Finalizados los testimoniales se realizaron los alegatos, el Tribunal pasó a deliberar para el dictado de la sentencia.

El juicio estuvo a cargo del Tribunal Unipersonal presidido por la jueza Dra. Karina Cabral. Intervinieron el fiscal de Cámara Dr. Rafael López; el defensor oficial de Niños, Niñas y Adolescentes Dr. Pablo Cubillo; los querellantes Dr. Brian Solórzano y Dra. Carla Merlo Fiad; y la defensora pública Dra. Mariangel Arroyo Corzo.

La acusación

Según la acusación fiscal, en 2023 la Justicia de Familia había establecido una cuota alimentaria provisoria regida por el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Posteriormente, en julio de 2024, se fijó una cuota regida por la canasta de crianza.

El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el acusado habría omitido cumplir íntegramente con esas obligaciones, efectuando depósitos por montos inferiores y en períodos no consecutivos. La acusación encuadró esa conducta en el delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

Durante el debate, la Defensa incorporó como nueva prueba documental comprobantes de transferencias realizadas entre noviembre de 2025 y octubre de 2026. El acusado declaró ante el Tribunal y reconoció no haber canalizado inicialmente los aportes mediante la cuenta bancaria dispuesta judicialmente, aunque afirmó que colaboraba con alimentos, ropa, útiles escolares y otras necesidades de sus hijos.

Los pedidos de las partes

La Querella solicitó que el acusado sea declarado penalmente responsable y sostuvo que los pagos parciales no alcanzaron los montos establecidos judicialmente. En igual sentido se pronunció el defensor oficial de Niños, Niñas y Adolescentes, quien intervino en representación complementaria y remarcó el interés superior de las personas menores de edad involucradas.

El fiscal Rafael López mantuvo la acusación y solicitó una pena de 1 año y 4 meses de prisión de cumplimiento condicional, con imposición de pautas de conducta. Asimismo, sostuvo que los hechos debían analizarse también desde la perspectiva de la violencia económica contra la mujer.

Por su parte, la defensora pública Mariangel Arroyo Corzo solicitó la absolución. Argumentó que no se acreditó una voluntad deliberada de sustraerse de la obligación alimentaria y planteó la nulidad de la acusación por considerar que no precisaba suficientemente el período y los montos atribuidos.

La Fiscalía rechazó ese planteo al sostener que se trata de una conducta de carácter continuado vinculada al incumplimiento periódico de las cuotas fijadas judicialmente.

Concluidos los alegatos y luego de que el acusado desistiera de hacer uso de sus últimas palabras, el Tribunal declaró cerrado el debate y pasó a deliberar para resolver los planteos formulados y dictar sentencia.

 

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