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La ANMAT prohibió aceites de cannabis y un producto estético inyectable por falta de autorización sanitaria

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de varios productos con cannabis y un inyectable estético falsificado.

Miércoles 16 de Julio de 2025

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10:53 | Miércoles 16 de Julio de 2025 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

Este miércoles, la ANMAT oficializó mediante las disposiciones 5034, 5035 y 5036/2025 la prohibición de uso, comercialización y distribución de una serie de productos que incluyen aceites nutricionales a base de cannabis, una crema analgésica y un producto médico inyectable para tratamientos estéticos. La decisión fue publicada en el Boletín Oficial y responde a irregularidades detectadas en inspecciones y denuncias realizadas por entidades profesionales.

La Disposición 5034/2025 afecta al producto “ECONatural Laboratorios, Aceite CBD suplemento nutricional decorboxylated, 10 ml 5% CBD”, fabricado en Chile y detectado en una farmacia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El envase del producto indicaba propiedades terapéuticas para más de 30 enfermedades graves, como cáncer, Alzheimer, Parkinson y esquizofrenia, entre otras. Sin embargo, la ANMAT constató que no cuenta con autorización ni registro en el país, y que su composición, origen y condiciones de elaboración son desconocidas, lo que representa un riesgo para la salud de los consumidores.

Por su parte, la Disposición 5035/2025 prohíbe todas las presentaciones de los productos identificados como “CANNATURAL ACEITE CBD suplemento nutricional”, “CANNAVID ACEITE CBD suplemento nutricional”, “CANNATURAL CREMA ANALGÉSICA” y “ACEITE DE CANNABIS suplemento nutricional bionnatural”. La medida también alcanza a las firmas “Cannatural” y “Cannatural Argentina”, a quienes se les impide importar, fabricar, comercializar y distribuir productos con aceite de cannabis, CBD y THC hasta que obtengan las habilitaciones sanitarias correspondientes. La investigación se inició tras una denuncia del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, que detectó la venta de estos productos en una página web sin respaldo legal ni técnico.

Finalmente, la Disposición 5036/2025 establece la prohibición del producto estético inyectable “SCULPTRA Poly – L –lactic acid 2 vials, lote 4J1242”, tras detectarse unidades falsificadas en el mercado. La firma titular, Galderma Argentina S.A., informó que el lote original ya había sido distribuido en 2024, y que los productos encontrados no corresponden a los fabricados por ellos. Las diferencias visuales entre el producto original y el falsificado, como el número de viales y el tipo de impresión del vencimiento, evidencian la falsificación. Al tratarse de un producto de riesgo IV, su uso sin garantías de esterilidad y composición representa un grave peligro para los pacientes.

La ANMAT reiteró que ningún producto medicinal puede comercializarse sin contar con los registros y autorizaciones correspondientes, y que el uso de sustancias sin control oficial constituye una amenaza para la salud pública. Las medidas adoptadas buscan prevenir el consumo de productos inseguros y reforzar los mecanismos de fiscalización sanitaria en todo el país.

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