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El organismo detectó la venta de aerosoles, espirales, desinfectantes y otros artículos domisanitarios sin habilitación nacional. También inició un sumario sanitario contra la firma responsable.
Jueves 14 de Mayo de 2026
09:20 | Jueves 14 de Mayo de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, comercialización, distribución y publicidad en todo el país de espirales contra mosquitos, tabletas termoevaporables y otros productos domisanitarios que se vendían sin registro nacional vigente y sin controles sanitarios habilitantes.
La decisión fue oficializada mediante la Disposición 2864/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial y se adoptó tras detectar su venta en sitios web y plataformas digitales.
Qué detectó la ANMAT en la investigación
El organismo inició las actuaciones a partir de tareas de fiscalización del Servicio de Domisanitarios, donde se constató la comercialización de productos sin inscripción ante la autoridad sanitaria nacional. Entre ellos se identificaron insecticidas, espirales, tabletas repelentes, desinfectantes, limpiadores y otros artículos de uso doméstico.
Según la disposición, los productos eran promocionados en una página web y en canales de venta online sin contar con registro vigente, lo que impide verificar sus condiciones de elaboración, seguridad y eficacia.
Además, se informó que la firma vinculada a la comercialización había perdido su habilitación como elaboradora en 2024 y no respondió a las notificaciones enviadas por la autoridad sanitaria.
La medida alcanza la prohibición total en todo el país de espirales contra mosquitos, tabletas termoevaporables, insecticidas líquidos, desinfectantes, limpiadores, perfumes para ropa y lustra muebles.
En paralelo, la ANMAT también restringió dos aerosoles con registro provincial vigente, que solo podrán comercializarse en la provincia de Buenos Aires, aunque quedan fuera del circuito nacional.
Finalmente, el organismo dispuso la instrucción de un sumario sanitario a la firma responsable y la comunicación a autoridades provinciales y organismos de control para su seguimiento.
El organismo prohibió, en paralelo, la comercialización de distintos productos de limpieza de uso doméstico que se vendían sin registro sanitario vigente, entre ellos detergentes, limpiadores multiuso, jabones líquidos para la ropa y aromatizantes.
Entre los casos detectados figuran artículos de la marca “Re! Refillería Botánica”, ofrecidos a través de sitios web y redes sociales. Según la Disposición 2863/2026 de la ANMAT, estos productos “no se encuentran inscriptos” y eran promocionados con envío a todo el país pese a no contar con autorización.
Asimismo, la Disposición 2794/2026 dispuso la prohibición de productos destinados a la limpieza y mantenimiento de vehículos, como ceras, abrillantadores y detergentes de distintas marcas, entre ellas Rino Car Products, AMSPRO y Cars Willis.
En este caso, el organismo señaló que se trataba de artículos de “dudosa legitimidad” o directamente sin registro válido, lo que impide conocer sus condiciones de fabricación, composición y niveles de seguridad.
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