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Habilitan para legítimos usuarios la compra de silenciadores y miras nocturnas con requisitos específicos

En diálogo con Fénix, Gustavo Feier, dirigente del Tiro Federal de La Rioja y representante de ANMaC, explicó los alcances de la nueva reglamentación y aclaró las condiciones para acceder a estos elementos.

Viernes 14 de Agosto de 2026

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10:56 | Viernes 14 de Agosto de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

La nueva reglamentación sobre armas y elementos complementarios habilitó para los legítimos usuarios la adquisición de silenciadores y miras nocturnas, aunque bajo determinadas condiciones.
 
Feier explicó que la habilitación no significa un acceso irrestricto, ya que existen requisitos específicos para cada elemento.
 
En el caso de los supresores de sonido o silenciadores, podrán ser adquiridos por legítimos usuarios que sean socios de un tiro federal o cazadores. Además, deberán utilizarse con armas compatibles y contar con un sistema de identificación que permita realizar la trazabilidad correspondiente.
 
“Si bien es libre, no es fácil”, explicó Feier al referirse a las nuevas condiciones establecidas por la reglamentación.
 
En cuanto a las miras nocturnas, la normativa establece que podrán ser adquiridas exclusivamente por cazadores que cuenten con el permiso correspondiente. Sin embargo, Feier aclaró que esta disposición no tendría aplicación práctica en La Rioja debido a que la cacería se encuentra prohibida en la provincia

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