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Ley de Tierras: Felix Lonigro explicó el fallo de la Corte y advirtió por la incertidumbre sobre la normativa

El abogado constitucionalista Félix Lonigro explicó el alcance del reciente fallo de la Corte Suprema vinculado con la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y aclaró que el máximo tribunal no se pronunció sobre la constitucionalidad

Miércoles 30 de Septiembre de 2026

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18:04 | Miércoles 30 de Septiembre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma

En diálogo con Fenix, Lonigro explicó que la causa se inició a partir de una acción judicial presentada por una organización de excombatientes de Malvinas contra el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que había derogado la normativa que establecía límites para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.
 
Según detalló, la Cámara había declarado la inconstitucionalidad del decreto, lo que había permitido que la Ley de Tierras recuperara vigencia. Sin embargo, la Corte Suprema analizó en su fallo la legitimación de la organización que había iniciado la acción y consideró que no había acreditado las condiciones necesarias para promover ese reclamo.
 
“La Corte no se pronunció sobre la validez del decreto 70, diciendo que está bien que no haya límites para que los extranjeros adquieran tierras”, aclaró Lonigro.
 
El abogado explicó que, al rechazar la legitimación de los demandantes, el fallo tuvo como consecuencia que volviera a regir el Decreto 70 y, por lo tanto, quedara nuevamente sin vigencia la Ley de Tierras. “En este momento, desde el fallo de la Corte, estamos sin Ley de Tierras”, sostuvo.
 
En ese escenario, Lonigro señaló que el Congreso podría volver a intervenir sobre el Decreto 70. Recordó que el Senado ya había rechazado oportunamente la norma y que resta el tratamiento de la Cámara de Diputados para determinar su eventual rechazo.
 
Sin embargo, advirtió que una eventual derogación del decreto tendría efectos sobre el conjunto de normas modificadas por esa medida y no solamente sobre el régimen de tierras. “Si voltean el decreto, lo voltean todo, no solamente en ese artículo”, explicó.
 
Consultado sobre la seguridad jurídica para los extranjeros que actualmente quieran adquirir tierras en Argentina, Lonigro señaló que las operaciones realizadas mientras el decreto se encuentre vigente serían válidas, aunque posteriormente se modifique el marco normativo.
 
El constitucionalista vinculó esta situación con un problema más amplio de inestabilidad institucional y cuestionó el uso prolongado de los decretos de necesidad y urgencia. “Ese es el problema eterno de la inestabilidad institucional que tiene nuestro país”, afirmó.
 
Lonigro sostuvo que los DNU pueden permanecer vigentes durante largos períodos mientras no sean rechazados por ambas cámaras del Congreso, generando modificaciones normativas que posteriormente pueden ser revertidas.

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