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Después de que el máximo tribunal anulara el fallo que mantenía suspendida la derogación de la ley, los legisladores Pichetto y Massot pidieron una medida cautelar para frenar el artículo del DNU 70/2023.
Viernes 02 de Octubre de 2026
20:02 | Viernes 02 de Octubre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Las bancadas de la oposición en la Cámara de Diputados buscan alternativas ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia que dejó sin efecto la Ley de Tierras Rurales, que había sido derogada por Javier Milei con el dictado del DNU 70/2023.
Este viernes se presentó una medida cautelar formada por los diputados Miguel Pichetto y Nicolás Massot. Buscan suspender la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023,hasta que el Congreso se pronuncie.
“Buscamos evitar que, mientras el Congreso se pronuncia, se consoliden como derechos adquiridos compras de tierras por extranjeros. Tras el fallo de la Corte, pueden comprarse sin límite tierras rurales, incluidos inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes”, explicó Pichetto, jefe de la bancada de Encuentro Federal.
El origen de la disputa es una causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata. En marzo de 2024, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata, con las firmas de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, reconoció la legitimación del CECIM para presentar la demanda, admitió el amparo colectivo y declaró inconstitucional la disposición del DNU 70/2023 que derogó la Ley 26.737, la Ley de Tierras Rurales. Así, la ley siguió vigente.
El pasado 29 de septiembre, la Corte Suprema revocó esa sentencia y rechazó la demanda del CECIM por “falta de legitimación”, es decir, consideró que la organización no estaba habilitada para presentarla. El máximo tribunal aclaró expresamente que no se pronunció sobre la validez constitucional del artículo 154 ni sobre la intervención que le corresponde al Congreso.

En su presentación, los legisladores sostienen que “como consecuencia de esa decisión, la derogación de la Ley de Tierras volvió a producir plenamente sus efectos y actualmente no rigen los límites que la norma establecía para la adquisición de tierras rurales por extranjeros: ni por porcentaje nacional, provincial o departamental, ni por nacionalidad o superficie. Tampoco rige la prohibición de adquirir inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes”.
El escrito señala también que la tierra rural y los cuerpos de agua son recursos naturales estratégicos, escasos y no renovables, y que el régimen para su disposición debe establecerlo el Congreso de la Nación. La presentación quedó a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1 de la Capital Federal, a cargo del juez Enrique Alonso Regueira.
El amparo presentado corre en paralelo a la estrategia parlamentaria de la oposición. Ya está pedida una sesión especial para el 15 de octubre para derogar el DNU 70/2023, con las firmas de Germán Martínez (UxP), Miguel Pichetto (Encuentro Federal), Martín Lousteau (Provincias Unidas), Myriam Bregman (Frente de Izquierda), Jorge Fernández (Primero San Luis), Natalia de la Sota (Defendamos Córdoba) y Mónica Frade (Coalición Cívica), en representación de los bloques convocantes. A ellos se sumarán los diputados de esas bancadas y otros legisladores, como Marcela Pagano, de Coherencia.
El desafío central será llegar a los 129 diputados necesarios para abrir la sesión. Según los cálculos preliminares de los convocantes, los bloques que respaldan el pedido reúnen alrededor de 122 diputados, por lo que todavía necesitan sumar adhesiones.
Entre las presencias que aparecen como más firmes están los cinco radicales críticos y Lourdes Arrieta, Esteban Paulón y Juan Brügge. El resto de los legisladores todavía discute qué postura adoptar.
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La oposición también mira hacia Argentina Federal, el bloque que responde principalmente a los gobernadores de Misiones y Salta, y al MID. Esos votos podrían ser decisivos, sobre todo por el debate vinculado con la emergencia en discapacidad.
Los misioneros Oscar Herrera Ahuad, Alberto Arrúa y Yamila Ruiz están a favor de dar quórum el 15. Los motiva no solo la derogación del DNU 70/23, sino también los otros dos temas que incluye la convocatoria: la emergencia en discapacidad y el desendeudamiento de las familias. Igual, esperarán a hablar con el gobernador Hugo Passalacqua.
Los salteños de Argentina Federal, Bernardo Biella, Yolanda Vega y Pablo Outes, son más cautos y esperarán el regreso de su gobernador, Gustavo Sáenz, que está de viaje en Francia junto a Milei.
El diputado Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica, convocó a una movilización frente al Congreso el 15 de octubre y pidió que los diputados den quórum para derogar el DNU 70/2023: “Del dicho al hecho. Mientras hablan de soberanía nacional, derogan la Ley de Tierras para vender la Argentina. Nuestras tierras. Nuestros recursos. Nuestro futuro”.
Los senadores justicialistas José Mayans, Juliana Di Tullio y Fernando Salino presentaron el miércoles un proyecto que deroga el artículo 154 del DNU 70/2023. Así se restituiría la plena vigencia de la ley que creó el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
Los legisladores argumentaron: “La protección del territorio nacional constituye una premisa ineludible e irrenunciable para la preservación de la soberanía de cualquier Estado soberano”.
El expresidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal Ricardo Gil Lavedra explicó por qué esta vía es posible: “En el control político que plantea la Ley 26.122 (que regula los DNU), hay que aceptar o rechazar el decreto, no se lo puede aceptar o rechazar parcialmente de acuerdo con el texto de la Ley. Pero el Congreso puede sancionar autónomamente una ley que derogue a alguna parte del mega decreto. Eso es absolutamente posible”, le dijo Gil Lavedra a TN.
La Ley de Tierras Rurales, sancionada en diciembre de 2011, regulaba y limitaba la compra de tierras rurales por parte de personas o empresas extranjeras en la Argentina. Establecía que las tierras rurales en manos de extranjeros no podían superar el 15% del total del territorio nacional, un límite que también se aplicaba a nivel provincial y municipal.
También fijaba un tope para cada comprador: un mismo propietario extranjero no podía tener más de 1.000 hectáreas en la llamada zona núcleo, o su equivalente según la ubicación geográfica.
El pedido oposición a la sesión especial

Los senadores ya pidieron anular el artículo del DNU

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