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El Banco Central publicó la Comunicación “A” 8417 con un paquete de medidas que amplía plazos, facilita pagos financieros empresariales y elimina restricciones para operaciones en moneda extranjera
Viernes 10 de Abril de 2026
10:42 | Viernes 10 de Abril de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
Con el respaldo de un buen ritmo de compra de reservas —US$4964 millones en 100 días, cerca de la mitad de la meta anual de US$10.000 millones— y la temporada alta de liquidación del agro acercándose, el Banco Central (BCRA) avanzó con un nuevo conjunto de flexibilizaciones del cepo cambiario.
Las medidas están contempladas en la Comunicación “A” 8417, aprobada por el directorio de la entidad que conduce Santiago Bausili, y apuntan principalmente al sector empresarial aunque incluyen también una modificación que afecta a particulares que viajan al exterior.
A continuación, un repaso de cada una de las medidas que entran en vigencia:
Se eliminan los topes de US$50 (países limítrofes) y US$200 (resto del mundo) que regían para retiros en cajeros automáticos del extranjero con tarjeta de crédito. En adelante, el monto máximo lo fijará cada banco. La operatoria tiene costos elevados —entre 14 y 19 dólares de comisión por extracción, más interés por adelanto de efectivo e impuestos sobre el tipo de cambio oficial— por lo que se espera un impacto mínimo en la demanda.
Se extiende de 60 a 180 días el plazo para el ingreso de divisas cuando empresas con casa matriz local exportan a sus filiales en el exterior. Además, el límite para esas operaciones sube de US$50 millones a US$200 millones anuales.
Para exportaciones de indumentaria, carteras y artículos similares de bajo volumen, y para envíos de productos espaciales o nucleares realizados por empresas argentinas, se amplía de seis meses a un año el plazo para liquidar divisas.
Las personas físicas que exporten bienes ya no estarán obligadas a liquidar las divisas en el mercado local, aunque sí deberán ingresarlas al país. Es la extensión de un criterio que ya regía para la exportación de servicios desde hace casi un año. La medida beneficia especialmente a artesanos y orfebres que venden al exterior y podrán así conservar los dólares generados por esas ventas.
Las empresas que emitieron obligaciones negociables (ON) o tomaron líneas comerciales en el mercado interno podrán acceder al mercado cambiario oficial hasta tres días antes del vencimiento para comprar dólares y cancelar esos compromisos, del mismo modo que ya podían hacerlo quienes tenían deuda externa.
Se habilita el acceso al mercado de cambios para pagos de capital de deuda financiera entre empresas de un mismo grupo económico, antes vedado. La condición es refinanciar esa deuda con cuatro años de vida promedio y tres años de gracia, en términos similares a los previstos para la repatriación de capitales de no residentes.
Las empresas con pasivos en otras divisas —por ejemplo, en yuanes— podrán cubrirse en dólares en el mercado cambiario oficial, algo que hasta ahora no estaba permitido.
La batería de flexibilizaciones vino acompañada, sin embargo, de una ampliación de la restricción cruzada que impide operar en el mercado oficial durante 90 días a quienes hayan girado al exterior dólares comprados en el mercado financiero local.
“Lo que se busca es frenar un ‘rulo’ creciente que inversores muy profesionalizados, incluso desde algunos bancos, realizaban con el contado con liquidación para obtener diferencias”, explicaron desde el BCRA.
El mecanismo era el siguiente: operadores compraban dólares en el mercado local —hoy en torno a $1405— los transferían a cuentas en el exterior y los reingresaban vía contado con liquidación, que cotiza en promedio $1479, capturando así la brecha entre ambas cotizaciones. La ampliación de la restricción cruzada apunta a cortar ese circuito.
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