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La Sala IV rechazó por unanimidad los recursos de los hijos de Cristina Fernández al considerar que los planteos no habilitaban la intervención del tribunal y que los embargos preventivos no impiden que continúe la ejecución.
Jueves 08 de Octubre de 2026
17:11 | Jueves 08 de Octubre de 2026 | La Rioja, Argentina | Fenix Multiplataforma
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por Máximo y Florencia Kirchner y por las empresas Hotesur y Los Sauces para frenar el avance del decomiso de sus bienes en la causa Vialidad. De esta manera, el Tribunal Oral Federal N.º 2 podrá continuar con las medidas destinadas a ejecutar una condena que contempla la recuperación de unos $685.000 millones.
La decisión fue adoptada por unanimidad por los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña. Los casadores concluyeron que los planteos de las defensas no cumplían con los requisitos formales para habilitar la revisión de la resolución cuestionada y remarcaron que la existencia de una queja pendiente ante la Corte Suprema no paraliza el proceso de ejecución.
Luis Joel Goldin, abogado de Máximo y Florencia Kirchner, había cuestionado que el TOF2 continuara con el incidente de ejecución y mantuviera las medidas cautelares sobre los bienes mientras la Corte debe resolver un recurso relacionado con la procedencia del decomiso.
Según la presentación, avanzar sobre el patrimonio de los hijos de la expresidenta antes de que el máximo tribunal defina la cuestión de fondo podría tornar ineficaz una eventual decisión favorable de la Corte. También se invocaron garantías constitucionales vinculadas con el debido proceso, el derecho de defensa y la propiedad, además del principio según el cual una pena no puede extender sus efectos sobre personas que no fueron condenadas.
Casación descartó esos argumentos. El magistrado Hornos sostuvo que la resolución cuestionada no constituye una sentencia definitiva ni puede equipararse a ella, ya que no pone fin al proceso, no extingue la pena ni impide que continúen las actuaciones judiciales. Además, señaló que el Tribunal Oral Federal N.º 2 no había rechazado definitivamente los planteos de las defensas, sino que había diferido su tratamiento para una etapa posterior del procedimiento.
Los camaristas también remarcaron que los embargos tienen carácter preventivo. Por esa razón, no modifican la titularidad de los inmuebles ni anticipan cuál será su destino definitivo. Su finalidad es preservar los activos mientras avanza el procedimiento de ejecución de una condena que ya se encuentra firme.
La resolución también alcanzó a Hotesur y Los Sauces. Sebastián José Sánchez, director de ambas sociedades, había presentado un recurso para cuestionar el mantenimiento de los embargos sobre 13 inmuebles y la postergación de la intervención de las empresas en el expediente. La defensa sostuvo que las medidas afectan activos esenciales para el funcionamiento de las compañías y que las sociedades poseen una personalidad jurídica y un patrimonio distintos de los de sus accionistas.
El máximo tribunal penal del país sostuvo que tampoco en este punto existía una afectación definitiva del derecho de defensa. Los jueces explicaron que el requerimiento fiscal sobre los bienes de las sociedades todavía no fue formalmente sustanciado y que Hotesur y Los Sauces tendrán oportunidad de formular sus argumentos cuando se abra esa instancia del procedimiento.
Entre los bienes alcanzados se encuentran propiedades vinculadas a Máximo y Florencia Kirchner, incluidos inmuebles en Santa Cruz y otros activos relacionados con Hotesur y Los Sauces.
Si bien los hermanos Kirchner no fueron condenados en el juicio por la obra pública, la Justicia consideró que determinados bienes incorporados a su patrimonio podían quedar alcanzados por la ejecución patrimonial derivada de la sentencia. La defensa sostiene, precisamente, que esa circunstancia impide extender sobre ellos los efectos económicos de una condena que no recibieron.
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